Reforma migratoria en Polonia: Análisis del cambio normativo a partir del 1 de junio de 2025
- Equipo Arfigma
- hace 1 día
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A partir del 1 de junio de 2025, entra en vigor una reforma clave en la legislación migratoria polaca, que incide directamente en la situación legal de los ciudadanos de terceros países (fuera de la Unión Europea) que desean acceder al mercado laboral polaco. Esta modificación, promulgada mediante la Ley Dz.U. 2025 poz. 621, introduce restricciones significativas en el marco de la Ley de Extranjeros, especialmente en lo relativo al artículo 99.
Aunque el cuerpo legal abarca también nuevas obligaciones para los empleadores, en este análisis nos enfocaremos en el aspecto que más afecta directamente a los trabajadores extranjeros: el estatus migratorio requerido para solicitar la residencia temporal por motivos laborales.

❌ Restricción al cambio de estatus migratorio desde turismo
La nueva normativa establece que los extranjeros que ingresen a Polonia bajo las siguientes condiciones:
En calidad de turistas
En el marco del régimen de exención de visado (asilo, permiso de estancia tolerada, consentimiento de estancia por razones humanitarias)
O con un permiso de residencia emitido por otro Estado miembro del Espacio Schengen;
No podrán iniciar el procedimiento para solicitar un permiso de residencia temporal por motivos laborales desde dentro del territorio polaco.
Incluso en los casos en que el extranjero cuente con una oferta laboral válida y un permiso de trabajo tipo A expedido por el empleador, la autoridad regional competente estará legalmente obligado a rechazar la solicitud si el estatus migratorio de ingreso no cumple con las nuevas disposiciones.
Requisitos para una migración laboral legal
Bajo el nuevo marco legal, los aspirantes a ingresar a Polonia para trabajar legalmente deberán:
Obtener un permiso de trabajo válido (por ejemplo, tipo A);
Tramitar una visa nacional tipo D basada en dicho permiso;
Ingresar al país directamente con los documentos que acrediten su derecho a residir y trabajar legalmente.
Este enfoque busca garantizar una trazabilidad migratoria desde el origen y desincentivar la permanencia irregular derivada de entradas turísticas, tambien elimina a los reclutadores fraudulentos o las estafas presentadas en redes sociales.
Arfigma como intermediario legal en procesos de movilidad laboral

Ante esta transformación legal, Arfigma se posiciona como un actor esencial en la cadena de movilidad internacional de trabajadores.
Nuestra intervención profesional se orienta a:
Gestionar autorizaciones laborales ante las autoridades polacas desde el país de origen;
Asesorar en la recopilación y legalización de la documentación migratoria;
Asistir en el proceso de solicitud de la visa tipo D ante el consulado correspondiente;
Coordinar el viaje y la recepción en destino, asegurando una incorporación laboral sin contratiempos.
La normativa vigente refuerza la necesidad de recurrir a estructuras organizadas y profesionales para evitar errores que pueden derivar en inadmisiones o sanciones.
Si Soy Colombiano y estoy en proceso esta medida aplica?
Solo aplica a nuevos procesos a partir del 01/06/2025 leer tambien : https://www.arfigma.com/post/si-soy-colombiano-es-posible-trabajar-en-polonia-sin-una-visa-de-trabajo-un-an%C3%A1lisis-exhaustivo
Consideraciones finales
La reforma de 2025 redefine el acceso al trabajo para los ciudadanos extranjeros en Polonia. Su espíritu es claro: ordenar el ingreso laboral desde la legalidad y profesionalizar los mecanismos de contratación y movilidad. Las vías informales y los atajos migratorios quedan excluidos del marco normativo.
Arfigma ofrece una solución integral para quienes deseen migrar de forma legal, eficiente y alineada con la normativa vigente.
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